Es importante entender este fenómeno tanto si sos dueño como si vas a alquilar. En caso de inquilinos, para evitar que te confundan con un inquiokupa y no te alquilen. En caso de los dueños, para prevenirse ante uno que sí lo sea.
¿Por qué los dueños ahora piden tantos requisitos para alquilar una vivienda?
El mayor temor de los dueños hoy en día no es que el inquilino no pueda pagar el alquiler. Es que alquile con la intención oculta de no pagarlo, y además que después no se vaya. Es decir, que se convierta en un “inquiokupa”.
¿Qué es un inquiokupa?
No es un término jurídico formal. Se le llama “inquiokupa” a la gente que por algún motivo vive en casa ajena sin pagar, pero habiendo ingresado al inmueble con el consentimiento del dueño. Los que ingresan sin consentimiento son considerados “okupas”.
Quienes tienen un contrato de alquiler pero no lo pagan, o los que “compran” las llaves de una propiedad a un inquilino que no paga, son considerados “inquiokupas”.
¿Cuál es la diferencia entre okupa e inquiokupa?
El okupa es el que entra a una vivienda sin permiso del dueño. La okupación se considera delito, si bien hay diferencias técnicas que distinguen entre okupas que entran a una vivienda vacía o abandonada, si es vivienda del dueño o es segunda residencia, etc.
En caso de inquiokupas, no es gente que haya entrado forzando la puerta o rompiendo una ventana. Por supuesto, también hay muchísimos casos donde los okupas presentan falsos contratos de alquiler para hacerse pasar por inquiokupas.
Pero la definición coloquial, para entendernos, es así:
- Okupa = ingresó al inmueble sin permiso del dueño
- Inquiokupa = ingresó al inmueble con permiso del dueño por un contrato de alquiler y dejó de pagarlo, o se queda sin pagar una vez finalizado
¿Por qué algunos medios dicen que los inquiokupas no existen?
Para minimizar el fenómeno de la inquiokupación, que está agravándose cada vez más y generando muchos conflictos a nivel vecinal.
Es cierto que la inquiokupación no existe como definición jurídica. Eso no quiere decir que no exista el fenómeno.
¿Es cierto que a un okupa la policía lo echa en 48 horas?
La policía actúa en menos de 48 horas en los casos de delito de allanamiento de morada.
Ahora bien, hay infinidad de trucos mediante los cuales los okupas camuflan un allanamiento de morada haciéndolo pasar como okupación o inquiokupación. Y ahí los plazos ya no son de horas sino de meses. (O años).
Además implican gastos en abogados, iniciar un juicio, asumir denuncias por daños contra terceros en caso de que los inquiokupas perjudiquen a vecinos… Es grave.
Si soy inquilino, ¿cómo puedo probarle al dueño que no voy a inquiokupar?
Es difícil, porque no hay demasiadas maneras de probar cómo una persona se va a comportar en el futuro.
Contamos lo más importante acá: Ley de vivienda: FAQ para nuevos inquilinos en España
Estos tips pueden ser útiles:
- Tener preparada una carpeta con la historia laboral en España y las últimas tres nóminas. Te van a servir en caso de que la inmobiliaria te ofrezca el certificado de no morosidad o te pida documentación la aseguradora de impagos.
- Evitar ofrecer dos o tres meses de alquiler por adelantado. Muchos inquiokupas solían “hacer picar” a dueños incautos con un par de meses en la entrada para dejar de pagar después.
- Reunir recomendaciones de conocidos y familiares. Actualmente los dueños prefieren alquilarle a gente de confianza.
- Ajustar expectativas teniendo en cuenta zona, presupuesto, tipo de inmueble buscado y perfil propio como inquilino.
- En caso de no cumplir las condiciones para alquiler de vivienda, buscar alquileres temporarios. Si bien los precios son más altos, suelen tener más comodidades y menos requisitos.
¿Por qué inquiokupa con “k” en lugar de inquiocupa con “c”?
Si bien hay quien distingue conceptos ideológicos distintos entre “ocupantes” y “okupas”, aquí usamos inquiokupación, okupas e inquiokupas porque es de esa manera como aparece el fenómeno en medios de comunicación, redes sociales, hashtags de Twitter, etc.
Basta con hacer una rápida búsqueda en Google para ver que los resultados de “inquiokupación” son mucho más relevantes que buscando otras palabras.
¿La inmobiliaria me puede cobrar por mostrarme inmuebles para alquilar?
Si bien la nueva Ley de Vivienda plantea que los honorarios por alquilar debe pagarlos el dueño, hay tal desequilibrio entre número de viviendas versus inquilinos queriendo alquilar, que son los inquilinos quienes demandan los servicios inmobiliarios.
Lo contamos acá: Guía para alquilar en España bajo la nueva Ley de Vivienda
¿Es buena idea para el dueño alquilar una vivienda bajo la nueva Ley de Vivienda?
En casos de alquileres de vivienda, la inseguridad jurídica ante inquiokupas es altísima. Recordemos que el Real Decreto Antidesahucios continúa vigente, a pesar de haber sido implementado de forma “momentánea” por la pandemia en 2020.
Esta nueva Ley lo que hace es dar aún mayores herramientas a quienes quieran seguir viviendo en un inmueble sin pagar el alquiler.
Ahora bien, eso solamente aplica a casos de alquiler de vivienda. Los alquileres temporarios, turísticos, alquiler de habitaciones, coliving, y otras modalidades de alquiler que no sean “alquiler de vivienda” operan bajo reglas diferentes.
Lo contamos en esta nota: Alquiler de media estancia: los “Airbnb” para alquilar más de un mes
¿Qué pasa con la nueva Ley de Vivienda?
Una de las mayores críticas a la nueva ley es que favorece a inquiokupas, dándoles más herramientas para alargar su estancia sin pagar. También legisla en un sentido que restringe la oferta privada de inmuebles en alquiler de vivienda en manos de pequeños propietarios.
Contamos más detalles acá: Guía para alquilar en España bajo la nueva Ley de Vivienda
¿Cuáles son las herramientas que le garantizan al inquilino poder seguir en el inmueble sin pagar?
Hay todo tipo de artimañas y trucos. Si bien los morosos existieron siempre, hoy en día hay estudios jurídicos, agrupaciones de inquilinos y hasta páginas de Facebook que asesoran a gente cuya intención es ingresar a un domicilio y dejar de pagar una vez instalados.
Además, cada vez que se publica una nota destinada a los dueños con “consejos para evitar que te inquiokupen”, eso funciona como un manual de perfeccionamiento para quienes quieren inquiokupar.
Por esa razón, acá en el blog no informamos de qué trucos se valen. Sí asesoramos de forma privada a nuestros clientes sobre qué recaudos tomar actualmente, qué perfiles de inquilino preferir, cuáles son las modalidades de alquiler menos inseguras, etc.
Si te interesan nuestros servicios podés contratarnos para una Consulta Estándar donde responderemos todas tus dudas. Más información aquí: Asesorías personalizadas
Como inquilino, ¿puedo rehusarme a pagar el alquiler en efectivo?
Un inquilino cumplidor se beneficia de pagar por transferencia bancaria porque le quedan comprobantes fehacientes del pago del alquiler. La transferencia indica desde qué cuenta salió el dinero, a qué hora, qué día, con qué importe y hacia cuál destinatario.
Además, la nueva Ley de Vivienda prohíbe pagar alquileres en efectivo. Lo contamos acá: Guía para alquilar en España bajo la nueva Ley de Vivienda
¿Hay muchos casos de inquiokupas?
La inquiokupación en España tuvo un incremento brutal, sobre todo en el último año. Es muy complicado estimar el número real, ya que la inquiokupación es un fenómeno silencioso: no se recoge en las estadísticas.
Antes de la pandemia, bastaba con probar que el inquilino era moroso para ejecutar un desalojo por falta de pago. Si bien no era un proceso sencillo ni tan rápido como debería, el inmueble se recuperaba entre los tres y seis meses.
Eso hacía que no hubiese demasiado interés de parte de los inquiokupas, y tampoco existían tantas mafias organizadas dedicándose a inquiokupar. (Igual las había, pero eran menos).
Desde la promulgación del Real Decreto Antidesahucios y su renovación continuada, se multiplicaron los casos de inquiokupación. Incluso al punto de generar un “efecto llamada”. Es decir, gente que no se planteaba inquiokupar, ahora lo hace.
También hay casos de gente de otros países europeos que llegó a España para beneficiarse de las condiciones actuales.
¿Por qué la inquiokupación no aparece en las estadísticas?
Las estadísticas que se publican en España son sobre casos de okupas y de allanamiento de morada. Es decir, gente que ingresa a inmuebles sin el consentimiento del dueño. Son delitos que no solamente no aumentaron sino que disminuyeron en los últimos años.
Ahora bien, un inquilino al que se le dio un contrato de alquiler y deja de pagarlo, no es ni un allanador de morada ni un okupa. Lo que hace no se considera delito, sino un mero incumplimiento de contrato. Por eso no aparece en las estadísticas de delitos.
Gracias a eso no faltan los intentos malintencionados de ciertos sectores de negar el fenómeno. Así, al calvario que sufren los propietarios en esos casos, se suma la invisibilidad que tienen a nivel mediático y estadístico.
¿Los inquiokupas no van a juicio?
Los procesos judiciales son mucho más lentos desde la pandemia, tanto por el Real Decreto como por la avalancha de nuevos casos en los juzgados y las huelgas del poder judicial.
Muchos dueños se resignan a no denunciar y acudir a empresas de “desokupación”. O directamente ceder a los chantajes que ponga el inquiokupa.
Hay mafias que se dedican a inquiokupar primero y después pedir una suma de dinero para dejar el inmueble.
Sí es cierto que ya están apareciendo sentencias donde a los inquiokupas se los juzga por estafa. La estafa es delito penal, con penas de cárcel y multas. Por ahora se aplica a casos donde el inquiokupa falsificó documentos para poder alquilar una vivienda.
Si soy inquilino, ¿me puedo quedar de inquiokupa sin consecuencias?
Hay varias webs, grupos online e influencers dando consejos para inquiokupar. Más allá de que es muy poco ético, en general esos consejos no tienen en cuenta que los propietarios de hoy no son los de hace cuatro años atrás.
Los que no quieren tener problemas con inquiokupas, venden, alquilan a amigos o pasan a otro tipo de modalidad. Hoy en día los dueños se asesoran, saben cómo actuar y qué tipo de alquileres hacer. A muchos no les tiembla la mano a la hora de desocupar sus inmuebles con métodos extrajudiciales.
Ya empezó a haber casos donde algunos okupas pierden todas sus pertenencias, incluyendo documentos de identidad y dinero. Tampoco faltan las ocasiones donde algún matón les da una paliza para sacarles las ganas de meterse con lo ajeno.
Cuidado, porque los inquiokupas están protegidos ante la ley solamente si se enfrentan al dueño. Pero no tanto si la cosa es con otro okupa o con un desconocido.
¿Sirven los seguros de impago para evitar problemas con inquiokupas?
Muchas inmobiliarias están quedándose con cada vez menos inmuebles disponibles para alquilar, y se lanzan a captar propietarios a como dé lugar. En varios casos prometen “alquileres asegurados” con “seguro de impagos”.
Pero ojo: el seguro de impagos no suele cubrir los casos donde se va a juicio por desalojo o hay intervención policial. También hay que leer la letra chica de la póliza: algunos solamente cubren hasta 3 meses de impago, o hasta 6, o 12. Y prácticamente ninguno sirve cuando el inquilino original le “vende” la llave a un tercero para que inquiokupe. Cuidado.
¿Son legales las empresas de “desokupación”?
Sí. Si bien las leyes pueden cambiar, por ahora operan dentro de la legalidad. Eso sí: no siempre garantizan el éxito, no suelen poder actuar si se judicializó el caso, y en general no son baratas.
También hubo casos donde supuestas empresas de desokupación se quedaron de inquiokupas en el inmueble que habían liberado.
Como siempre en estas cuestiones, el mejor desalojo es el que se PREVIENE, y por lo tanto nunca se tiene que realizar.
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